INDAUTOR vs IMPI: registro de obra y derechos
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INDAUTOR vs. IMPI: registro de obra y derechos de autor, ¿cuál necesitas?

2026-06-186 min de lecturaEquipo Virgen IP Solutions
Artista en su estudio creando una obra protegida por derechos de autor con colores vivos

Cuando creas algo —un logo, un libro, una canción, un software— surge una duda frecuente: ¿lo registro en INDAUTOR o en el IMPI? Aunque ambos son pilares de la propiedad intelectual en México, protegen cosas distintas.

Qué protege cada institución

El Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR) protege obras literarias y artísticas: libros, música, obras audiovisuales, fotografía, software, diseño gráfico, bases de datos y más. Se rige por la LFDA.

El IMPI protege signos distintivos (marcas, avisos y nombres comerciales) e invenciones (patentes). Se rige por la LFPPI.

La diferencia clave: declarativo vs. constitutivo

El registro en INDAUTOR es declarativo: tus derechos nacen desde que creas la obra. En cambio, el registro de marca en el IMPI es constitutivo: el derecho exclusivo nace hasta que el Estado te otorga el título.

¿No sabes qué figura protege mejor tu proyecto? Te orientamos según tu caso específico. Escríbenos y te explicamos sin tecnicismos.

Cuánto duran los derechos

  • Derechos de autor (INDAUTOR): los morales son perpetuos; los patrimoniales duran la vida del autor más 100 años
  • Marca (IMPI): 10 años renovables indefinidamente

Lo que cuesta y cuánto tarda registrar una obra

El registro de obra ante INDAUTOR ronda $263–$271 MXN por obra y la resolución se emite en aproximadamente 15 días hábiles. Gracias al Convenio de Berna, tu obra queda protegida en más de 180 países.

Muchos proyectos necesitan ambos

Tu logotipo puede protegerse como marca (IMPI) y, a la vez, como obra de diseño (INDAUTOR). No son excluyentes: bien combinados, blindan tu proyecto por todos los frentes.

¿Qué tipos de obras puedes registrar en INDAUTOR?

  • Obras literarias: libros, artículos, guiones
  • Obras musicales: composiciones con o sin letra
  • Obras audiovisuales: películas, series, videos
  • Fotografía artística
  • Software y aplicaciones (código fuente)
  • Obras de diseño gráfico e industrial
  • Bases de datos con originalidad

Referencias

  • Cámara de Diputados. (2026). *Ley Federal del Derecho de Autor*. Ver ley
  • INDAUTOR. (s. f.). *Registro de obra*. Ver trámite
  • Cámara de Diputados. (2026). *LFPPI*. Ver ley

Aviso: Este contenido es informativo y de carácter general; no constituye asesoría jurídica individualizada. Las tarifas y los plazos pueden actualizarse: confirma siempre la información vigente en el portal oficial del IMPI o INDAUTOR.

Preguntas frecuentes

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